Nota: La pensión máxima a percibir es de 44.450,56 €/año – 3175,04 €/mes, independientemente de que aplicando el porcentaje correspondiente al haber regulador establecido resulte una cantidad mayor. 

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Fuente: artículo 78 del Real Decreto-ley 8/2023, de 27 de diciembre, por el que se adoptan medidas para afrontar las consecuencias económicas y sociales derivadas de los conflictos en Ucrania y Oriente Próximo, así como para paliar los efectos de la sequía, que regula la revalorización provisional de las pensiones, hasta que se apruebe la Ley de Presupuestos Generales del Estado.