INFORMACIÓN MESA TÉCNICA 31 DE ENERO:
📝Plazo de presentación de solicitudes para la oposición de reposición (RD 276): Se abrirá a partir del 8 de febrero y será de 20 días hábiles. Cuando concluya este plazo, se abrirá el plazo de presentación de solicitudes para las plazas de estabilización (RD 270).
📌En la convocatoria de reposición se recogerá, como solicitamos desde STEM a Recursos Humanos, que no será necesario presentarse al proceso de oposición para permanecer en lista de profesorado interino.
📌La convocatoria de plazas de “especialidades FP” se está elaborando. Próximamente habrá borrador y propuesta de distribución de plazas.
🔎Esta información parece referirse exclusivamente a las 133 plazas ya anunciadas de PESSFP. 👇🏽
No sabemos nada respecto a una posible convocatoria de plazas de las especialidades que de FP integradas en Secundaria.
📌La Consejería manifiesta que intentará acordar con otras CCAA una fecha para la celebración simultánea de todos los procesos.
📌Parece ser que la administración indica que quiere homogeneizar criterios técnicos y pedagógicos en ambas convocatorias: de evaluación, aplicación de la LOMLOE…
📌También mantiene su intención de juntar ambos procesos de selección.
📢STEM seguirá denunciando la falta de transparencia en un proceso de estabilización muy devaluado, que nos hace sospechar que se han “esfumado” gran parte de las plazas que deberían haber salido a estabilización.
🔎Desde STEM seguimos recomendando al personal interino con al menos tres años de servicios prestados que se presente al concurso-oposición de estabilización. No participar en ambas vías (concurso de méritos y concurso-oposición por RD 270) puede cerrar la posibilidad, no descartable, de beneficiarse de las indemnizaciones recogidas en la ley 20/2021 para aquellos que no obtengan la estabilización.
💵💵Nos parece un despropósito que las personas que se presenten a ambos procesos, que previsiblemente serán simultáneos, se vean obligadas a pagar dos veces unas tasas ya de por sí exageradas. Si la falta de previsión ha impedido que el proceso se lleve a cabo de forma escalonada de modo que la gente que obtenga la estabilización por una vía ya no tenga que presentarse a otros procesos, lo mínimo exigible es que el pago de las tasas de un proceso exima de más pagos, o que ambas tasas se reduzcan sustancialmente.