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Publicado en BOCM del viernes, 05/01/2018, Resolución conjunta de 22 de diciembre de 2017, de las Direcciones Generales de Innovación, Becas y Ayudas a la Educación y de Recursos Humanos, por la que se convocan procedimientos para la obtención de la habilitación lingüística en idiomas extranjeros, para el desempeño de puestos bilingües en centros docentes públicos y privados concertados de la Comunidad de Madrid.

http://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2018/01/05/BOCM-20180105-21.PDF

Esta habilitación permite impartir docencia en todos aquellos puestos catalogados como bilingües (secciones bilingües en IES, CEIPs bilingües, etc.).

Requisitos de los aspirantes.

a). Ser funcionario de carrera o en prácticas.

b). Formar parte de listas de interinos de la Comunidad de Madrid.

c). Tener contrato o propuesta de trabajo en la red privada.

d). Ser profesor de religión o personal religioso vinculado a centro ¿¡¡¡¡¡?

Procedimiento.

Para conseguir la habilitación hay dos vías.

a). Mediante la acreditación de certificaciones.

b). Superando examen.

a). Acreditación de certificaciones.

  • Se necesita estar en posesión de un certificado equivalente al C1 o superior (licenciatura en Filología o Traducción, título obtenido en universidad extranjera, Proficiency, Advanced, TOEFL, ISE III o ISE IV del Trinity, etc). Aparecen enumerados en el ANEXO VI. Su antigüedad debe ser inferior a cinco años.

  • Basta con presentar solicitud, acompañada de copia compulsada de titulación.

  • El plazo permanece abierto hasta siguiente convocatoria de habilitación.

b). Examen.

  • Consta de dos fases: examen y entrevista personal.

  • Se requiere estar en posesión de certificado B2 o superior.  Tener un certificado C1, con una antigüedad superior a cinco años, o el hecho de haber superado con anterioridad el procedimiento de habilitación, exime de realizar la primera fase de examen.

  • El plazo de presentación está abierto hasta día 19 de enero

Vigencia

Esta habilitación caduca si transcurren cinco cursos sin impartir programas bilingües. En ese supuesto, es necesario presentarse a un nuevo procedimiento de habilitación (se está eximido de realizar la primera fase de examen).