Los funcionarios de carrera que deseen solicitar una comisión de servicios de carácter personal (humanitaria) deberán proceder según se establezca en la RESOLUCIÓN DE LA DG DE RECURSOS HUMANOS QUE SE PUBLICARÁ A PARTIR DEL 28 DE MAYO.
Se recuerda que la presentación de la solicitud de comisión de servicios de carácter personal (humanitaria) por parte de los funcionarios de carrera de la Comunidad de Madrid sin destino, no sustituye la obligatoriedad de presentar la correspondiente solicitud para la asignación de puestos docentes a los maestros y profesorado sin destino para el curso 2021-2022, por el colectivo al que se pertenezca de los especificados en la Base 1 de las respectivas NORMAS DE PROCEDIMIENTO.
En los casos favorables de concesión de dichas comisiones de servicios, la administración retirará a estos participantes del procedimiento de asignación informática de destinos de inicio de curso.