– ¿A quiénes se convoca?
Al personal TEMPORAL E INTERINO de todas las Administraciones Públicas (estatales, autonómicas y locales).
– ¿Quién la convoca?
Además de nuestra Confederación Intersindical, otras tres organizaciones del sindicalismo alternativo, con implantación en distintos ámbitos de la administración: Co.bas, Solidaridad Obrera y SAS
– ¿Por qué se convoca?
Es una medida de presión contra el llamado Plan Iceta. El ministro de Política Territorial y Función Pública pretende modifcar el artculo 10 del Estatuto Básico del Empleado Público (EBEP), buscando nuevas fórmulas para reducir las tasas de temporalidad en el sector público. Se obligará a todas las administraciones a sacar a oferta pública de empleo todas las plazas que estén siendo ocupadas por personal interino durante tres años seguidos. De no hacerse así, se suprimiría un año entero aquellas plazas que, estando en estas condiciones, no se cubran por personal funcionario de carrera o pasen a la correspondiente OPE.
– ¿Afecta este plan a todo el personal interino?
Sí, porque todas las plazas vacantes que vienen ocupando se ofertarán primero en el concurso de traslados, y si no se cubren se sacarán a oferta pública de empleo. De no hacerlo, la vacante
se suprimirá durante un año completo.
– ¿El tiempo máximo que puede ser interina una persona será de tres años?
Es incorrecto decirlo así. Lo que ocurrirá es que a los tres años la plaza, si no se ha cubierto por una persona funcionaria de carrera, saldrá a oposición o se suprimirá. El personal interino con más de tres años seguirá en listas y podrá solicitar otra vacante; pero, de alcanzarse el objetio de reducir la temporalidad al 8 %, eso signifcaría que el personal interino sólo contará con un 30 % de las
actuales vacantes.
– ¿Puede abrirse una puerta a nuevos recortes, supresiones de plazas y desregulación laboral por parte de la
Consejería de Educación?
Naturalmente. Pueden arbitrarse, además, fórmulas que generan más precariedad laboral, transformando nombramientos para vacantes en cobertura de susttuciones (no descartemos que pudiese cortarse el nombramiento en los paréntesis vacacionales).
– ¿El Gobierno no prevé algún mecanismo transitorio para facilitar de alguna manera el acceso a la función pública de los interinos e interinas que ya llevan años trabajando?
Hasta el momento no ha hecho ningún gesto que nos lo haga
prever. El plan no es estabilizar a las personas, es simplemente estabilizar las plazas eliminando la interinidad tal y como la hemos conocido hasta ahora. Es cierto que el actual EBEP ya recoge mecanismos excepcionales que serían la solución para el colectivo interino que lleva mucho tempo en el sistema (artículo 61.6); pero su aplicación implicaría la implementación de una ley específca, y eso requiere una voluntad polítca no manifestada hasta ahora.
LAS PREGUNTAS QUE SE HACEN CON OCASIÓN DE TODAS LAS CONVOCATORIAS DE HUELGA.
– Si la huelga es un viernes ¿qué retribuciones me detraen?
Si se hace huelga un viernes, solo se detraerá lo correspondiente a ese día. De ninguna manera pueden descontar las cantdades correspondientes al fin de semana. La deducción que realizarán en nómina es ligeramente superior al salario de un día, ya que comprende también la parte proporcional de la extra y los días de descanso semanal, independientemente del día de la semana en que se convoque la huelga.
– ¿Me descuentan el tiempo de servicio correspondiente a esa jornada de huelga? No.
– ¿Hay obligación de comunicar al centro que se va a hacer huelga?
No se está obligado a avisar con antelación. Sólo hay que notfcarlo a posteriori para no incurrir en falta injustifcada.
– ¿Qué debo tener en cuenta en relación a los servicios mínimos?
En las próximas fechas, todas las administraciones deberán coniocar al comité de huelga para acordar (es un decir: no suele
haber acuerdo) los servicios mínimos, que serán publicados en BOCM. Dado que el sujeto esencial de la huelga es el personal interino, debería procurarse adjudicar esos seriicios al personal fijo. En cualquier caso, quien sea designado para cumplir esos servicios debe cumplirlos, so pena de incurrir en falta grave.
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