SABIAS QUEEn BOCM de 18 de mayo de 2021 se ha publicado la Resolución que regula las listas de aspirantes .

Esta Resolución, junto con el Acuerdo de 12 de mayo de 2016 (incorporado al vigente Acuerdo Sectorial), recogen la normativa al respecto en la Comunidad de Madrid.

¿Quiénes forman parte de las listas?

– Especialidades no convocadas a oposición: se prorrogan las listas existentes. Forma parte de ellas quien no haya decaído de las mismas.

-Especialidades convocadas a oposición: se forman nuevas listas con quienes se presenten a examen en la Comunidad de Madrid. Se pertenecerá a la lista de la especialidad por la que se oposite y, además, a las listas ordinarias de las que se pudiera formar parte anteriormente.

Ordenación de listas.

Viene recogida en el Acuerdo de 2016. Se toma en cuenta la mejor nota de oposición de la última década (45 %), la experiencia docente (45%) y las titulaciones y formación continua (10 %). Hay bonificaciones por haber trabajado en Comunidad de Madrid o por notas altas en oposición. Ejercen un derecho preferente al nombramiento los mayores de 55 años con 10 años de experiencia, los aspirantes con minusvalía acreditada o víctimas de violencia de género o terrorismo.

Puestos voluntarios.

Son los nombramientos con jornada parcial o compartir centro en diferente localidad y distrito. También, UFILs, aulas penitenciarias u hospitalarias. Sólo se pueden adjudicar a quienes las soliciten. En el caso de la jornada parcial, la experiencia computa al 100 % pero el sueldo es proporcional. Se solicitan con el Procedimiento de asignación de vacantes provisionales, que se publica a lo largo de la segunda quincena de mayo. Es posible solicitar todas las modalidades o sólo algunas. Tras la publicación de las listas provisionales de aspirantes, se abre un plazo para renunciar a estos puestos.

Puestos bilingües.

Pueden ocupar estos puestos quienes hayan obtenido la habilitación correspondiente por la Consejería de Educación. Tal habilitación se logra concurriendo a examen o aportando la correspondiente titulación (C1 o equivalente, siempre que se haya obtenido en los últimos 5 años) junto con solicitud correspondiente. Quien obtenga la habilitación después de publicadas las listas de interinos, se le incorporará de oficio a la lista bilingüe. Los puestos bilingües tendrán preferencia sobre los ordinarios a la hora de adjudicarse.

Solicitud de vacantes.

De ben participar en el Procedimiento de asignación de vacantes provisionales todos los opositores. Se recomienda solicitar el mayor número posible de destinos. De no haber plaza en alguno de los solicitados, la Administración puede adjudicar otro de oficio. Quienes no obtengan puesto vacante en agosto, deberán estar al tanto de los llamamientos que se publican en el sistema ARes

Cese temporal en listas.

Es posible renunciar a ser llamado, pero manteniéndose en listas, en los siguientes supuestos.

A TODAS LAS ESPECIALIDADES. Sin causa justificada

A ALGUNA ESPECIALIDAD. Sin causa justificada

CON CAUSA JUSTIFICADA

PLAZO

Antes de la asignación definitiva de vacantes.

Hasta 28 de febrero en caso de no tener destino,

Antes de la asignación

Antes de tener llamamiento para cubrir puestos

DURACIÓN

Hasta el 30 de junio.

Hasta que se solicite reincorporarse.

Hasta el próximo curso.

Mientras dure hecho causante

CAUSAS JUSTIFICADAS QUE SE ADMITEN

Contrato o beca

Estudios

Profesores visitantes

Maternidad

Cuidado de familiar

REINCORPORACIÓN

A lo largo del curso, mediante escrito.

A comienzos próximo curso

Tras comunicación a Recursos Humanos.

Causas justificadas de renuncia.

No tomar posesión de un destino conlleva decaer de todas las listas de las que se forme parte, hasta que vuelvan a constituirse otras nuevas con motivo de convocatoria de oposición.

Sólo se admiten, como causas justificadas de renuncia:

  • Enfermedad.

  • Maternidad

  • Beca o contrato de trabajo concedido en los 5 días anteriores al llamamiento.

Es necesario remitir justificante en los 5 días siguientes al llamamiento.

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