IMG_20190215_144349El pasado viernes 15 de febrero, se presentó en Registro el preaviso de huelga general prevista para el 8 de marzo.

¿Cuándo está convocada? De 00.00 horas a 24.00 horas del viernes 8 de marzo de 2019. No puede descontarse haberes correspondientes a los días festivos.

¿Quiénes están llamados a secundarla? La convocatoria afectará a todas las actividades desempeñadas por EMPLEADAS Y EMPLEADOS PÚBLICOS docentes y no docentes de las administraciones educativas establecidas dentro del ámbito geográfico y jurídico de la Comunidad de Madrid. Por tanto, afecta a todas las empleadas y empleados públicos, en todos los niveles educativos, de la Administración educativa de la Comunidad Autónoma, Administración local y universidades públicas.Igualmente, afecta a todo el PERSONAL DOCENTE Y NO DOCENTE DE LA ENSEÑANZA PRIVADA SOSTENIDA TOTAL O PARCIALMENTE CON FONDOS PÚBLICOS, en todos sus niveles educativos. Por último, afecta a todo el PERSONAL DE ATENCIÓN EDUCATIVA O ASISTENCIAL en centros públicos o dependientes de cualquier administración, incluida la local, ya sea púbico o externalizado, concertados o conveniados.

La asamblea de STEM valora que una huelga, por encima de visualizar colectivos,  tiene la función primordial de presionar al poder y debe buscarse el máximo seguimiento, por lo que entendemos que debe ser secundada por personal de ambos géneros.

¿Qué objetivos tiene la huelga?

  • La mejora de las condiciones laborales de las mujeres y el fin de la desigualdad laboral mediante la consecución de la supresión de la brecha salarial y el techo de cristal, así como la igualdad en las pensiones.

  • La promoción de la conciliación vida familiar y personal, mediante la inclusión en los Convenios Colectivos de medidas de conciliación que mejoren los derechos mínimos establecidos en la normativa laboral, aplicando con flexibilidad los horarios establecidos, favoreciendo la formación y promoción profesional de las personas que hayan disfrutado de sus derechos a la conciliación de la vida laboral y familiar.

  • La desaparición de la discriminación en el acceso al empleo y la disminución de la tasa de paro de mujeres.

  • La lucha efectiva contra las situaciones de acoso sexual en el ámbito laboral, la precariedad laboral y la alta tasa de contratos con jornadas parciales y de corta duración.

  • Exigir la Elaboración y aplicación de los planes de igualdad. Según el artículo 45 de la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres que recoge que las empresas están obligadas a respetar la igualdad de trato y de oportunidades en el ámbito laboral y, con esta finalidad, deberán adoptar medidas dirigidas a evitar cualquier tipo de discriminación laboral entre mujeres y hombres, medidas que deberán negociar, y en su caso acordar, con los representantes legales de los trabajadores en la forma que se determine en la legislación laboral.

  • Por la abolición de la prostitución, en contra de su legalización como trabajo, y en contra de la legalización de los vientres de alquiler, tanto si esta actividad es realizada en España o fuera de su jurisdicción.

¿Puede un equipo directivo forzarte a realizar exámenes o estar presente en determinadas actividades?

Salvo que el Decreto de Servicios Mínimos haga alguna referencia a los procesos de evaluación -cosa que no ha hecho en convocatorias anteriores-, el derecho a la huelga se antepone a otras cuestiones,. Los exámenes deberían ser cambiados de fecha por ausencia del personal docente.

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