Una de las primeras consecuencias de la negativa a la integración de todo el Profesorado Técnico de FP en el Cuerpo de PES, y en concreto para los compañeros y compañeras pertenecientes a las 19 especialidades que pasan a formar parte de dicho cuerpo, es que para la participación en el proceso de estabilización en estas 19 especialidades será necesario acreditar una titulación universitaria, como se establece en las bases de la convocatoria:

3.2.1. Cuerpo de Profesores de Enseñanza Secundaria.

a) Estar en posesión del título de Doctor, Licenciado, Ingeniero, Arquitecto o el título de Grado correspondiente u otros títulos equivalentes a efectos de docencia. De conformidad con la Disposición Adicional Única del Real Decreto 276/2007, de 23 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento de ingreso, accesos y adquisición de nuevas especialidades en los cuerpos docentes a que se refiere la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, serán titulaciones equivalentes para el ingreso cualquier titulación de diplomatura universitaria, arquitectura técnica o ingeniería técnica para las especialidades recogidas en el Anexo V…

No así para los Profesores Técnicos de FP que quedan encuadrados en el nuevo Cuerpo de PESSFP, para los que la convocatoria establece que las Titulaciones Profesionales siguen siendo válidas:

3.2.6. Cuerpo de Profesores Especialistas en Sectores singulares de Formación Profesional.

Estar en posesión de la titulación de Diplomado, Arquitecto Técnico, Ingeniero Técnico o el título de Grado, Licenciado, Ingeniero o Arquitecto, correspondiente u otros títulos de Técnico Superior de Formación Profesional declarados equivalentes, a efectos de docencia. De conformidad con la disposición adicional única, apartado 2, del Reglamento aprobado por el Real Decreto 276/2007, de 23 de febrero, para las especialidades que se detallan en el anexo VI del citado Reglamento, podrán ser admitidos quienes, aun careciendo de la titulación exigida con carácter general, estén en posesión de alguna titulación de Técnico Superior de la familia profesional o familias profesionales para cuyas titulaciones tenga atribución docente la especialidad por la que se concursa. Los títulos declarados equivalentes a Técnico Superior a efectos académicos y profesionales serán también equivalentes a efectos de docencia.

Tenemos que recordar que los STEs hemos defendido históricamente la creación de un Cuerpo Único Docente, siguiendo el principio de que A IGUAL TRABAJO, IGUAL SUELDO E IGUALES CONDICIONES LABORALES. Así lo hemos defendido reiteradas veces ante la Mesa del Ministerio de Educación, cuando exigíamos el paso de todo el Profesorado técnico de FP al Cuerpo de Secundaria. Se nos acusaba entonces desde otras organizaciones de estar dilatando la integración del profesorado que sí reunía los requisitos exigidos. Nada más lejos de la realidad, sólo defendíamos que nadie se quedase fuera. Así lo hicimos por ejemplo el 22 de marzo frente el Senado junto a los compañeros y compañeras de la asociación Red PTFP, ante la ausencia y el silencio del resto de organizaciones sindicales. Hoy conviene recordarlo.

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