Real Decreto-ley 6/2020, de 10 de marzo, por el que se adoptan determinadas medidas 
urgentes en el ámbito económico y para la protección de la salud pública.
https://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2020-3434

RESUMEN:

- Con la finalidad de evitar la propagación de la enfermedad y mantener la protección 
social de los trabajadores por cuenta propia o ajena, se incluye que los periodos de 
aislamiento o contagio de las personas trabajadoras como consecuencia del virus COVID-19 
tendrán la consideración de situación asimilada a accidente de trabajo a efectos de la 
prestación económica por incapacidad temporal del sistema de Seguridad Social.
- No es necesario periodo de cotización previa pero si estar de alta en el momento del 
hecho causante.
- La fecha del hecho causante será la del aislamiento, independientemente de que la baja 
se expida posteriormente por el Servicio Público de Salud